lunes, 7 de agosto de 2017

NAVAJAS

EL PRIMER DÍA Y SIN INCIDENTES, MAS DE 175 PERSONAS HAN HECHO USO DE LAS INSTALACIONES Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA ZONA RECREATIVA “SALTO DE LA NOVIA”.



Hoy día 4 de Agosto 2017 ha entrado en vigor la “ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR APROVECHAMIENTO DE INSTALACIONES Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA ZONA RECREATIVA DEL RÍO PALANCIA CONOCIDA COMO “SALTO DE LA NOVIA”.
Es objetivo del Ayuntamiento de Navajas que las personas que visitan el paraje natural “Salto de la Novia” puedan disfrutar del entorno en condiciones de salubridad y buen mantenimiento de las instalaciones públicas, para ello ha elaborado una ordenanza de uso responsable del paraje natural para facilitar su mantenimiento y conservación, todo ello de conformidad con la legislación vigente.
Las tarifas serán por persona y estancia diaria de 2€, con carácter general, estableciéndose la exención total de pago del precio público a todos los menores de 10 años.
El control del acceso al paraje se realizará en la Bajada a las Fuentes, en el siguiente horario:
· Lunes y Martes de 9 a 14 horas.
· De miércoles a Domingo de 9 a 19 h.
Para atender a los visitantes el Ayuntamiento ha contratado a dos personas que serán las encargadas de controlar el acceso, mantenimiento del entorno y atender a las personas que accedan al paraje.
Los usuarios del servicio tendrán los siguientes DERECHOS y DEBERES:
Derechos:
1. Ser tratados con educación y amabilidad por todo el personal municipal encargado del servicio.
2. Disfrutar, de acuerdo a las normas de uso establecidas y las tarifas vigentes, de todos los servicios e instalaciones municipales que integran el Salto de la Novia.
3. Hacer uso de las instalaciones en los días y horarios señalados por la autoridad municipal competente.
4. Presentar las quejas, sugerencias o reclamaciones que estime convenientes por escrito en las hojas disponibles que se facilitarán por el personal municipal situado en las instalaciones.
Deberes:
1. El abono de la tasa correspondiente.
2. El personal al servicio del Ayuntamiento podrá exigir de los usuarios la presentación del abono del precio público correspondiente.
3. Respetar en todo momento el paraje natural que integra el Salto de la Novia.
4. De cualquier desperfecto ocasionado con dolo o negligencia, se hará responsable el infractor.
5. Comunicar a los empleados municipales las anomalías de funcionamiento, roturas, deficiencias o incumplimiento de lo dispuesto en el presente Reglamento.
6. Guardar el debido respeto a los demás usuarios, así como a los empleados municipales.
También se regulan las siguientes PROHIBICIONES:
1. El abandono, depósito o arrojo, fuera de los lugares y preparados a tal efecto, de papeles, botes, botellas, plásticos, colillas o desechos de cualquier tipo.
2. La suelta, siembra, trasplante u otro tipo de propagación de especies animales o vegetales, sean domésticos o silvestres.
3. La utilización de fuego con cualquier fin.
4. El deterioro o destrucción de las infraestructuras propia del Salto de la Novia.
5. La realización de inscripciones, señales, signos o dibujos, en el terreno o en piedras, rocas, árboles, o en los bienes muebles o inmuebles propios del Paraje Natural.
6. La instalación de carteles de publicidad o cualquier manifestación publicitaria.
7. Llevar perros sueltos en interior del mismo.
8. Introducir animales en el agua.
Las responsabilidades tanto de los Usuarios como del Ayuntamiento son:
· El Ayuntamiento no se responsabiliza de robos o daños que pueda sufrir el usuario dentro del recinto, siendo responsabilidad propia de cada uno la custodia de sus bienes y pertenencias.
· Se podrá aplicar la medida de expulsión del paraje natural a aquellos usuarios que incurran en las siguientes conductas:
a) No pagar el precio publico
b) El usuario que produzca daños materiales deberá repararlo o restituirlo a su estado original.
c) Alteración grave del orden público.
d) La realización de cualquier conducta prohibida en el paraje natural.
Se establece una exención del 100% del importe a pagar para las personas empadronadas en Navajas, las que tengan en propiedad o arrendada una vivienda o las que estén hospedados en apartamentos, camping, hoteles de uso turístico del municipio de Navajas.
Las exenciones se gestionarán en la Oficina de Turismo, con la previa presentación de la justificación correspondiente (recibo de luz, Agua, Ibi…), podrán obtener el Ticket de Acceso personal e intransferible. Ante cualquier duda, podrán hacer la consulta en la propia Touist Info o al teléfono 964 713 913.
Para acceder al recinto las personas empadronadas en Navajas presentarán el DNI, el resto de personas con exención además del Ticket presentarán el DNI, carnet de conducir o documento oficial de identidad que incorpore fotografía para la identificación de la persona.
Los Grupos de Turistas con Guía, que quieran visitar el paraje, a través de la Oficina de Turismo tendrán una Bonificación del 50% del precio.
El Ayuntamiento de Navajas espera se entienda la necesidad de tomar estas medidas, que no pueden más, que redundar en la mejora del paraje y facilitar el mejor y más saludable disfrute del “salto de la novia” por los muchos usuarios que nos visitan cada verano, además de agradecer la colaboración ciudadana en la aplicación de la norma.
.Fuente/oficina de prensa Nava
Navajas, 4 de Agosto 2017.

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